¿...Y la policía ambiental?

La Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México (PAOT) cuya creación fue enunciada en diciembre de 1999 en el artículo 11º de la entonces Ley Ambiental del Distrito Federal es un organismo descentralizado de la Administración Pública cuyo objetivo radica en la defensa de los derechos de los habitantes de la Ciudad de México por medio de la promoción y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia ambiental y del ordenamiento territorial; en concordancia con el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
[…Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.]

Esta tarea la realiza a partir de varios ejes como son: 

  1. Fomento de una cultura ambiental entre la ciudadanía a través de la elaboración de contenido y materiales didácticos. 
  2. Asesoramiento. 
  3. Atención de denuncias en materia de maltrato animal, áreas verdes, fuentes emisoras de ruido, recursos hídricos, suelo de conservación, arbolado, construcciones irregulares. Centro de denuncias.
  4. Investigaciones de oficio. 
  5. Formulación y atención de acciones legales. 
  6. Emisión de opiniones jurídicas. 
  7. Formulación y validación de dictámenes técnicos y periciales de daños ambientales y; según sea el caso, de la restauración o compensación ambiental de los mismos. 
  8. Análisis y reportes de información espacial-urbano-ambiental. 
  9. Participa de manera activa con las autoridades competentes, en la formulación de normas ambientales y de ordenación, reglamentos, estudios y programas relacionados con las disposiciones jurídicas de su competencia.

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